CIR Informativo

Compartimos Información Relevante

Primer Juzgado Cívico del municipio de Compostela en la localidad de Paraíso Escondido

Una obra que marcará precedentes en el municipio en el tema de justicia civil

31 de Octubre 2022: Con la presencia del Secretario General de Gobierno, Lic. Juan Echeagaray Becerra, en representación del Gobernador Miguel Ángel Navarro, la tarde del pasado viernes 28 declaró la presidenta Romina Chang Aguilar: atestiguamos la apertura del primer Juzgado Cívico del municipio en la localidad de Paraíso Escondido, la instancia que se encargará de conocer, calificar y sancionar las faltas administrativas cometidas por la ciudadanía en Compostela, de acuerdo a lo que establece la Ley de Cultura y Justicia Cívica para el Estado de Nayarit, así como resguardar a los presuntos que infringen las leyes aplicables.

Informaron que los Juzgados Cívicos estarán al servicio de la ciudadanía las 24 horas del día y trabajaremos en equipo.

LITERATURA DE JUGADOS CÍVICOS

¿Qué es un juzgado cívico?

Es la unidad administrativa encargada de aplicar la ley de cultura cívica y otros ordenamientos relacionados, realizando conciliaciones, expedición de constancias de barandilla, cursos relacionados con la ley y determinando la probable responsabilidad o libertad de los transgresores a las mismas.

¿Cuáles son algunos de los servicios y trámites que brindan los juzgados cívicos?

  • Canalización de personas en situación de riesgo a las instancias correspondientes.
  • Conciliación entre particulares por conflictos familiares, vecinales o conyugales.
  • Resolución de quejas sobre la presunta comisión de una o más infracciones a la ley de cultura cívica, cuando se le haga de conocimiento.
  • Manejo y resolución de problemáticas en comunidad.
  • Impartición de pláticas, cursos y talleres para difundir la cultura cívica.
  • Reportar inmediatamente al servicio de localización telefónica de la administración pública de la Ciudad de México, la información sobre las personas presentadas, sancionadas, así como las que se encuentren en tiempo de recuperación.
  • Retener y devolver los objetos y valores de los presuntos infractores, o que sean motivo de la controversia, previo recibo que expida. No podrá devolver los objetos que por su naturaleza sean peligrosos, o demás que contemple la ley.
  • Promover y coordinar programas permanentes que fortalezcan la conciencia cívica y prevengan la comisión de infracciones cívicas.
  • Solicitar por escrito a las autoridades competentes, el retiro de objetos que estorben la vía pública y la limpia de lugares que deterioren el medio ambiente y dañen la salud pública.

About Author